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Igualdad laboral y no discriminación NMX-R-025-SCFI-2015

Actualizado: 28 mar


Igualdad laboral y no discriminación
Igualdad laboral y no discriminación

Introducción

La igualdad laboral y la no discriminación (IL y ND) no es un asunto nuevo. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la plantea como un derecho constitucional. Sin embargo, diversas encuestas y estadísticas muestran que sigue habiendo una brecha, y que el acoso y la discriminación son, hoy en día, dos tipos de violencia laboral que desafortunadamente prevalecen en algunas empresas o centros de trabajo (CT).

Es por ello, que las autoridades en México se han dado a la tarea de formular modelos de equidad, guías y normas, como la norma de carácter voluntario NMX-R-025-SCFI-2015, con el objetivo de sensibilizar a las personas y los centros de trabajo en el cumplimiento de las prácticas para la igualdad laboral y no discriminación que favorezcan su desarrollo integral.

Campo de aplicación y Definiciones

El campo de aplicación del documento abarca todo tipo de centros de trabajo (CT) tanto del sector público, privado y social, de cualquier tamaño, rama económica o giro que se encuentren ubicados en la República Mexicana.

La clasificación incluye la clasificación por tamaño (micro, pequeña, mediana o grande), por sector productivo (todo, comercio, industria y servicios) y la cantidad de personal.

Cuenta además con una amplia sección de definiciones, misma que, dicho sea de paso, puede muy bien servir como fuente de indicadores clave de desempeño (KPI’s) al momento de la implantación del sistema en los CT.

Términos como “Accesibilidad, Acoso sexual, Derechos humanos, Desigualdad salarial”, son sólo algunos ejemplos de lo que este amplio glosario incluye.

Estructura del documento

Son tres las grandes secciones que conforman la estructura del documento:

  • Proceso de certificación

  • Requisitos

  • Medidas de nivelación

La primera sección, constituye una interesante guía para que los CT conozcan los pasos a seguir hacia la certificación.

La segunda sección, se divide a su vez en cinco (5) requisitos críticos, y nueve (9) requisitos no críticos, y será sobre ellos que se basa este boletín (ver más adelante texto en negritas).

Y la tercera sección denominada “Medidas de nivelación” que plantea aquellas acciones que permiten a un sistema lograr y alcanzar la madurez en el tiempo.

Requisitos Críticos (puntaje total: 30)

1. Contar con una Política de igualdad laboral y no discriminación en el centro de trabajo o equivalente.

2. Contar con un Comité, comisión o grupo de vigilancia encargado de la vigilancia del desarrollo e implementación de prácticas de igualdad laboral y no discriminación en el centro de trabajo.

3. Contar con un Proceso de reclutamiento y selección de personal sin discriminación y con igualdad de oportunidades.

4. Realizar una Auditoría interna (Ver Apéndice Normativo D).

5. Medir el Clima laboral y no discriminación en el centro de trabajo. (Ver Apéndice Normativo E)

Requisitos no Críticos (puntaje total: 70)

6. Existencia de un Código de ética o equivalente.

7. Garantizar la Igualdad salarial y otorgamiento de prestaciones y compensaciones al personal.

8. Contar con Procesos de ascenso y permanencia con igualdad de oportunidades.

9. Contar con Procesos de formación, capacitación, adiestramiento y con igualdad de oportunidades.

10. Contar con un Plan de capacitación y sensibilización en igualdad laboral y no discriminación para el personal del centro de trabajo.

11. Utilizar Lenguaje incluyente, no sexista y accesible.

12. Realizar Acciones para la corresponsabilidad en la vida laboral, familiar y personal con igualdad de oportunidades.

13. Contar con Accesibilidad en los centros de trabajo.

14. Mecanismos y regulaciones para prevenir, atender y sancionar las prácticas de discriminación y violencia laboral en el centro de trabajo

Visión general de la norma

En términos generales, la norma NMX-R-025-SCFI-2015 “establece los requisitos para que los centros de trabajo públicos, privados y sociales, de cualquier actividad y tamaño, integren, implementen y ejecuten dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación que favorezcan el desarrollo integral de las y los trabajadores”.

Y su finalidad consiste en, “fijar las bases para el reconocimiento público de los centros de trabajo que demuestran la adopción y el cumplimiento de procesos y prácticas a favor de la igualdad laboral y no discriminación”.

Tal y como sucede con los sistemas de gestión, las políticas y compromisos de la alta dirección deben quedar por escrito y ser del conocimiento del personal. Debe contener la prohibición explícita del maltrato, violencia y segregación de las autoridades del centro de trabajo hacia el personal y entre el personal. La norma solicita también un código de ética que prohíba todo tipo de discriminación.

Debe conformarse un grupo, comisión o Comité para la igualdad laboral y no discriminación, y que esté integrado equitativamente por hombres y mujeres respecto a la población total del centro de trabajo y de diferentes áreas de responsabilidad.

Los procesos que explícitamente solicita esta norma son 1) reclutamiento y selección de personal, 2) ascenso y permanencia con igualdad de oportunidades y 3) formación, capacitación y adiestramiento con igualdad de oportunidades.

Adicionalmente solicita realizar auditorías internas y medir el clima laboral, y cuenta con dos apéndices para tal efecto.

Puntuación total de requisitos

La suma de los puntos obtenidos por el cumplimiento de los requisitos puede dar hasta un total de 100.

Y para fomentar la mejora continua y la realización de medidas de nivelación, medidas de inclusión y acciones afirmativas dentro del centro de trabajo, el nivel del certificado se otorga en cuatro categorías: 1) certificado; 2) certificado bronce; 3) certificado plata y 4) certificado oro.


Beneficios de la certificación

Identifica el compromiso del centro de trabajo con la igualdad laboral y no discriminación, creando con ello, una imagen positiva de sus productos o servicios ante el mercado.

Genera confianza y credibilidad organizacional.

Propicia un ambiente de trabajo a favor de la diversidad, igualdad e inclusión, lo que atrae y retiene talento.

Promueve un empleo digno.

Disminuye la incidencia de prácticas discriminatorias y de violencia, además de que facilita su tratamiento y resolución.

Promueve el equilibrio entre las responsabilidades familiares, laborales y personales.

Otorga el uso del sello de la norma durante la vigencia de la certificación.

Obtiene puntos adicionales, en caso de participar en licitaciones públicas y de acuerdo con la Leyes y reglamentos vigentes del sector público.

Para más información sobre los requerimientos de este estándar y cómo BICERT puede asistir a su organización, no dude en contactarnos


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1 commentaire


Juan Villegas
Juan Villegas
17 mars 2022

Está muy bueno el artículo, gracias.

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